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Negociaciones


A) CON LAS HACIENDAS FORALES




Modificacion de la norma foral del IRPF


La Federación negoció la modificación de la nueva norma foral de IRPF, introduciendo los siguientes aspectos que benefician a los padres/madres separados/divorciad@s:

  1. El artlo 91 reconoce que bien el padre o la madre pueden realizar declaración conjunta con los hij@s, para lo cual deben presentar acuerdo firmado. En caso de no acuerdo a ambos se les aplicará declaración individual.

    La declaración conjunta supone una reducción de 350000pts de la Base imponible.

    El texto de acuerdo se facilita en las oficinas de la federación.

  2. Ambos excónyuges por el concepto de deducciones familiares tienen el derecho a deducir el 50% de las siguientes cantidades:
    • 1º hijo/a: 55000pts
    • 2º hijo/a: 60000pts
    • 3º hijo y sucesivos: 80000pts


    Si el hijo/a es menor de 3 años estas cantidades se incrementan en 25000pts.

  3. En concepto de abono de alimentos, el cónyuge no custodio tiene derecho a deducir las siguientes cantidades, con el límite del 15% de la pensión alimenticia:
    • 1º hijo/a: 20000pts
    • 2º hijo/a: 25000pts
    • 3º hijo/a y sucesivos:30000pts


  4. Pensión Compensatoria: Se reduce íntegra de la Base Imponible.


  5. Vivienda Habitual:
    • Alquiler: En situaciones de separación y divorcio el progenitor no custodio obligado a pagar el alquiler del piso exconyugal lo desgrava en los términos contemplados en la norma, siendo compatible con la desgravación por alquiler o compra de vivienda habitual propia.
    • Compra: En situaciones de separación y divorcio el progenitor no custodio obligado a pagar todo o parte del crédito hipotecario de la vivienda exconyugal tiene derecho a desgravar la parte correspondiente en los términos generales de la norma, siendo compatible con desgravación por compra o alquiler de vivienda propia.
Estas modificaciones, concretamente las cantidades a deducir por pensión alimenticia y por hijos, son renegociables anualmente.

B) GOBIERNO VASCO




1) Consejería de Educación

Se solicitó circular reconociendo el derecho de ambos progenitores a preocuparse por la educación de sus hij@s, a ser recibidos por los profesores/as y a que les fueran notificadas las notas de sus hijos/as. Solicitud que inmediatamente la Consejería hizo efectiva.

2) Consejería de Vivienda

  1. Se solicitó que los padres/madres separados pudieran acceder a viviendas de protección oficial, pese a tener otra en propiedad, que era la que ocupaban los hijos con el progenitor custodio, pero de la que no podían disponer.

    Inmediatamente se modificó esta situación legal injusta, permitiendo al colectivo de separados/divorciados no custodios acceder a pisos de protección oficial.


  2. La dificultad de liquidar gananciales, en caso de la vivienda fué paliada en parte mediante el decreto 12 de Mayo de 1997 (BOPV de 27 de Mayo de 1997) en el que se regulan las ayudas para adquirir la titularidad del dominio pleno de la vivienda cualquiera de los 2 excónyuges, en caso de separación/divorcio.


  3. Estamos negociando en estos momentos:
    • Red de pisos de acogida:
    • Pisos de caracter social para circunstancias en que la persona al salir del hogar conyugal no tenga donde alojarse. De caracter transitorio.
    • Reserva de un porcentaje de viviendas sociales en régimen de alquiler o precario para personas separadas.
    • Incluir dentro de la reserva que se hace de viviendas sociales en régimen de bajo alquiler o precario al colectivo de personas separadas no custodias, con ingresos inferiores a 90.000pts netas (renta neta=ingresos-obligaciones económicas recogidas en sentencia).
    • Acceso a la propiedad de viviendas sociales del G.Vasco.
    • Dentro de los colectivos que pueden acceder a estas viviendas, incluir al colectivo de personas separadas/divorciadas con ingresos netos no superiores a 120.000pts
    • Modificación del decreto 348/1999 de 5 de Octubre sobre subsidiación de intereses.
      1. Que el tipo de interés subsidiado al 2% acoga tambien al colectivo de separados/divorciados-as con ingresos netos no superiores al 25 del salario mínimo interprofesional.
      2. En el artlo 2-9 del mismo incluir así mismo a personas separadas/divorciadas con ingresos netos no superiores al 1,7 del salario interprofesional.
      3. Excluir del requisito de periodo previo de carencia de vivienda de 2 años a las personas que por sentencia judicial hayan tenido que salir del hogar conyugal.


    • Acceso a las viviendas de protección oficial.
    • Que el progenitor custodio pueda acceder a pisos de protección oficial en las mismas condiciones que el progenitor no custodio, siempre y cuando previamente liquide la vivienda exconyugal.
3) Consejeria de Justicia,Trabajo y Bienestar Social

  1. Creación de PUNTOS DE ENCUENTRO.

    Los Puntos de Encuentro son un lugar donde de forma tutelada puedan desarrollarse los regímenes de visita de caracter especial, donde puedan entregarse o recogerse los menores, donde puedan convivir padres e hijos con dificultades de alojamiento, así como donde se pueda mediar en situaciones de relaciones inadecuadas o dificultosas.

    Previa aprobación en el Parlamento Vasco de esta propuesta realizada por la Federación, mantuvimos una reunión con el la consejería, que se comprometió a iniciar su puesta en marcha.


  2. Creación de un fondo de garantía social que subsidiariamente cubra el impago de pensiones alimenticias.

    Previa presentación a los grupos parlamentarios vascos y lograr un consenso en torno a la misma. La Federación se la presentó a la Consejería de Justicia, que la asumió y se comprometió ante el Parlamento a llevar a la cámara un proyecto de ley.



  3. Presentación de la propuesta de crear un plan de formación y empleo preferente a progenitores custodios separados (fundamentalmente mujeres) con hijos/as a su cargo y dificultades de inserción laboral.

    Esta propuesta coincidía plenamente con el proyecto que la consejería estaba elaborando y que ya ha salido publicado.


En estos momentos estamos proponiendo:
  • Que convenie con la Federación los 3 gabinetes de Mediación Familiar que tenemos en marcha en los 3 Territorios Históricos
C) DIPUTACIONES Y AYUNTAMIENTOS




  1. Cesión de locales.
  2. Conveniación de nuestros servicios en función de las atenciones prestadas a la provincia y a los diferentes municipios.


D) FISCALIA


Hemos trasladado a la Consejería de Justicia y a los Fiscales las siguientes propuestas:

  1. Que se consulte con las asociaciones representativas el establecimiento de unos criterios objetivos para determinar las pensiones alimenticias, los porcentajes de participación de cada uno de los progenitores y su revisión.


  2. Que si ambas partes presentan un convenio regulador proponiendo la guardia y custodia compartida de los hijos/as, la fiscalía ratifique dicho acuerdo.


  3. Que cualquier otra medida que las partes presenten acordada sea así mismo ratificadasalvo flagrante perjuicio al menor.


  4. Que en caso de incumplimiento reiterado del régimen de visitas y/o manipulación del menor por el progenitor custodio la fiscalía promueva modificación de medidas, adjudicando la guardia y custodia al otro cónyuge.


  5. En caso de incumplimiento reiterado del régimen de visitas por el progenitor no custodio, sin causa que lo justifique, la fiscalía promoverá la modificación de medidaspudiendo quitar la patria potestad.


  6. En situaciones de riesgo del menor, la Fiscalía podrá instar a que la entrega y recepción del menor se realice en una ONG o PUNTO DE ENCUENTRO, quedando en poder de dicha organización el pasaporte del progenitor que ejercite el régimen de visitas, hasta la entrega del mismo.


  7. Que se arbitren las medidas necesaria para que el ejercicio de la Patria Potestad compartida sea efectivo, considerandose el impedimento de ejercicio a una de las partes como incumplimiento de medidas.


E) JUDICATURA


Dentro del máximo respeto a la autonomía e independencia de los jueces se les propone:

  1. Que valoren la idoneidad de las propuestas elevadas al ministerio fiscal.


  2. Que ante la presentación de una demanda de separación/divorcio contenciosa o incumplimiento de medidas remita a las partes escrito comentando la posibilidad de recurrir a la Mediación Familiar, posponiendo la tramitación de la demanda hasta explorar esta vía.


Sin perjuicio de medidas urgentes que se debieran tomar en su caso.

F) PARLAMENTO VASCO




La Federación presentó a todos los grupos Parlamentarios las siguientes propuestas:

  1. Creación de Puntos de Encuentro, aprobada y en marcha.


  2. Fondo de garantía Social para impago de pensiones alimenticias. A la espera de que el Gobierno presente proyecto.


  3. Que la Comisión de Trabajo y Bienestar Social del Parlamento Vasco cree una ponencia específica que estudie las separaciones y divorcios en el País Vasco, sus repercusiones de todo tipo y las posibles conculcación de derechos de las partes, fundamentalmente de los menores.


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